De acuerdo al Real decreto 390/2021 es obligatorio tener el certificado energético para alquilar o vender una vivienda. Se deberá entregar al comprador o mostrar al nuevo inquilino.
¿Como introducir los datos del certificado energético?
¿Confirmas que el certificado energético esta en trámite?
De acuerdo al Real decreto 390/2021 es obligatorio tener el certificado energético y la opción “en trámite” no es válida.
Por este motivo, ¿confirmas que el certificado energético de este inmueble está siendo tramitado por un profesional cualificado, que actualizarás este campo una vez finalizada la certificación y que, mientras no lo hagas, estás de acuerdo en que el anuncio se publique mostrando la calificación energética menos eficiente ("G")?
¿Confirmas que este inmueble está exento del certificado energético?
Los inmuebles exentos de tener el certificado energético según el articulo 2.2 son:
a) Edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, siempre que cualquier actuación de mejora de la eficiencia energética alterase de manera inaceptable su carácter o aspecto, siendo la autoridad que dicta la protección oficial quien determine los elementos inalterables.
b) Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
c) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
d) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales, o partes de los mismos, de baja demanda energética. Aquellas zonas que no requieran garantizar unas condiciones térmicas de confort, como las destinadas a talleres y procesos industriales, se considerarón de baja demanda energética.
e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m 2 .
f) Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.
g) Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
Este email ya está registrado, necesitamos que inicies sesión.
¿Qué es el índice de referencia?
El Índice de referencia de precios de alquiler es un indicador que publica la Agencia Catalana de la Vivienda y que permite conocer una estimación del precio medio del metro cuadrado de alquiler de una vivienda ubicada en una zona y con determinadas características. También orienta sobre el precio mínimo y máximo que puede llegar a tener esa vivienda.
Rellena el formulario facilitado por la Agencia de la Vivienda de Cataluña con los datos del inmueble que se solicitan y te dará como resultado el Índice de Referencia que deberás incluir en el campo que te hemos habilitado.